El avance del vandalismo rural no es solo una preocupación en la región pampeana, el NOA o el NEA: los delitos también azotan a los campos de la Patagonia y han encendido las alarmas de productores, vecinos y autoridades judiciales.
Por eso, el último programa de Infocampo Estudio -que abordó en profundidad este fenómeno que tomó notoriedad con la media sanción de un proyecto de ley que agrava las penas por casos de vandalismo rural- incluyó el testimonio del fiscal general de Chubut, Carlos María Díaz Mayer, quien trazó un diagnóstico preciso sobre la evolución de las contravenciones y delitos en la región, confirmando un incremento estadístico directo en las actuaciones del ministerio público.
Según detalló el funcionario, las estadísticas más recientes reflejan una suba generalizada de la criminalidad, donde las actividades ilícitas en los establecimientos agropecuarios ocupan un lugar preponderante.
“Mira, yo acá ya estoy hace 10 años y en la última estadística lo que tengo es que aumentaron los delitos un 12% y como aumentaron los delitos también aumentó el delito rural”, afirmó Díaz Mayer, remarcando que hoy se registran “más hechos de abigeato, sí tengo más hechos de incendios, sí tengo más hechos de usurpaciones de o intentos de usurpaciones de campos”.
VANDALISMO RURAL: DISTINGUIR ABIGEATO DE CAZA FURTIVA
De acuerdo con el letrado, uno de los ilícitos más extendidos en la ruralidad patagónica es el cuatrerismo. No obstante, explicó que desde el punto de vista técnico e institucional es fundamental deslindar el delito de abigeato de la mera caza furtiva, una confusión habitual en la opinión pública.
En ese sentido, puntualizó que, para que una conducta se configure jurídicamente como abigeato, la normativa exige condiciones específicas ligadas a la custodia, el número de animales y la intencionalidad del productor.
“Para que sea abigeato el dueño del animal lo tiene que haber dejado en algún lugar para criarse o para engordar; esa es la gran diferencia que tenemos, por ejemplo, con caza furtiva”, precisó el fiscal.
Asimismo, la calificación legal considera si se trata de más de cinco animales o si se utilizan medios de transporte para trasladar el producto derivado de la hacienda.
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A la hora de solicitar penas ante los tribunales, la condición de ruralidad juega un papel determinante. Al estar la hacienda o las instalaciones alejadas del control permanente del propietario, la Fiscalía solicita al juez alejarse del mínimo de la escala penal.
“Yo como fiscal le puedo pedir en esta adecuación de la pena le puedo agregar que se trata de un delito que se da en el ámbito rural y eso hace que suba un poco más la escala penal”, sostuvo Díaz Mayer, fundamentando su postura en los artículos 40 y 41 del Código Penal.
En tanto, aclaró cómo opera el margen de graduación judicial comparándolo con las escalas estándar del derecho penal (donde existen pisos y techos, como el homicidio con una escala de 8 a 25 años): “El juez no puede hacer lo que quiera con el número; tiene una escala de mínimo y techo. En esa graduación, el delito no es lo mismo matar a una persona que matar a dos, ni es lo mismo matar una vaca que matar dos que matar cinco que matar 15 que matar 50”.
Esta graduación permite a la fiscalía solicitar sanciones más severas según la gravedad del caso, aunque la decisión final quede en manos del magistrado.
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EL VANDALISMO RURAL Y LOS INCENDIOS FORESTALES
Por otro lado, los incendios en la cordillera y precordillera patagónica representan una de las mayores emergencias sociales, ambientales y económicas de la zona. Desde 2021, la región ha registrado siniestros casi todos los veranos, alcanzando un pico dramático con el incendio desatado en la zona de Puerto Patriada, Epuyén y Cholila.
Aquel evento dejó un saldo devastador de más de 65.000 hectáreas quemadas, afectando a dos o tres localidades y provocando la pérdida de viviendas, chacras, alambres y bosques de años.
Frente a los intentos de encuadrar jurídicamente estos hechos bajo la etiqueta de “ecocidio”, Díaz Mayer advirtió sobre las complicaciones de recurrir a denominaciones que no alteran la investigación penal de fondo.
“Cuando vos le ponés un título a una conducta penal, lo complicado de ahí es después salir del título”, reflexionó. E insistió: “Si queda muy lindo ponerle título, pero a veces es como que encasillas acciones en un título que no hace a nada y no sirve para nada”.
Para la fiscalía, las conductas se investigan en función de los hechos objetivos, más allá del rótulo que se pretenda imponer.
En el marco legal, la distinción crucial se da entre el delito de daño y el de estrago doloso. “Hay una diferencia muy grande entre lo que es daño y el estrago doloso. Son diferentes bienes jurídicos protegidos“, remarcó.
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Mientras que el daño es un conflicto particular y contenido, el estrago doloso implica una situación inmanejable que afecta la seguridad pública. “El estrago lo que hace es el bien jurídico… es de todos, se lleva puesto todo, rompe todo. Y otra cosa es el daño, es más particular”, graficó Díaz Mayer, añadiendo un ejemplo esclarecedor: “No es lo mismo que yo te diga prendí fuego una ciudad a prendí fuego una biblioteca”.
VANDALISMO RURAL: EL PROBLEMA DE LAS USURPACIONES
Respecto a las ocupaciones e intentos de usurpación de campos y la supuesta duplicación de leyes en el derecho argentino, Díaz Mayer descartó que existan normativas superpuestas que generen conflicto.
Sobre este aspecto, aclaró que prima el principio jurídico por el cual la ley especial deroga a la general y, de existir dudas, los jueces aplican la ley más benigna.
“Es muy raro que una normativa esté duplicada; la verdad que no es fácil, no he visto muchas de esas. Hay más bien a veces un vacío legal que una duplicación”, explicó.
Ante el incremento de los reclamos territoriales e intentos de toma, la fiscalía mantiene la persecución penal activa para resguardar la propiedad privada y la producción agropecuaria en el territorio.
Por todo esto, con una década de gestión en la provincia, Díaz Mayer concluyó que el abordaje de la delincuencia en el ámbito rural exige rigor técnico en la calificación de los hechos, el reconocimiento de la indefensión de los productores alejados de los centros urbanos y la aplicación efectiva de la graduación de penas ante los tribunales.
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Abigeato, incendios y usurpaciones: el vandalismo rural también crece y preocupa en la Patagonia
Fuente: InfoCampo