Finalmente, el Consejo Directivo del INTA exoneró este lunes a Virginia Aparicio, la investigadora de la Unidad Integrada Balcarce que coordinó en la Argentina el proyecto SPRINT y midió residuos de agroquímicos en el ambiente y en el cuerpo de voluntarios.
Se trata de la sanción más grave que prevé el empleo público nacional y la deja fuera del INTA y del sector público. La medida figura en la resolución 366 del organismo, fechada este mismo lunes, y basada en lo tratado en la reunión del 27 de agosto por la Comisión Directiva del organismo, que dio por concluido el sumario abierto en diciembre de 2023. Su artículo 11 dispone textualmente: “Aplícase a la agente Virginia Carolina APARICIO (Legajo N° 17.205) la sanción de EXONERACIÓN por la violación comprobada de las prohibiciones del artículo 24, incisos e) e i)” de la ley marco de empleo público.
De acuerdo a la resolución, el inciso e) prohíbe usar las facultades del cargo para fines ajenos a la función, y el Consejo Directivo lo aplica a la relación de Aparicio con José Luis Costa, un investigador retirado del INTA. Según la resolución, “COSTA integraba el grupo familiar de APARICIO en calidad de conviviente”, algo que el organismo da por probado con las declaraciones juradas del legajo de la investigadora, que registran una unión de hecho desde septiembre de 2005.
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El texto sostiene que la coordinadora “empleó sus prerrogativas de coordinación para conferir a su conviviente una posición particular de participación, conducción fáctica e inspección de datos reservados, sin autorización del INTA, sin formalización por el órgano decisor del Consorcio ni exteriorización específica del conflicto que permitiera su evaluación independiente”. Agrega que Costa “se encontraba retirado del INTA y carecía de vínculo institucional vigente”, aunque el documento de información entregado a los voluntarios lo incluía, junto con Aparicio y otro investigador del equipo, entre las personas habilitadas para inspeccionar datos incluso sin codificar.
También, el inciso i) castiga el uso indebido del patrimonio estatal y se apoya en el manejo de los fondos europeos, que ingresaron a la contabilidad del INTA. La resolución consigna ingresos por 5.661.483,83 pesos, egresos por 5.527.359,58 y un saldo de 134.124,25. Entre ellos menciona un pago a World Courier de 1.688.445,82 pesos en julio de 2022 por el envío de muestras a los Países Bajos, unos 13.122,95 euros según la cotización del Banco Central. El propio Consejo Directivo aclara que esos importes no pueden identificarse “por sí solos, con un perjuicio fiscal equivalente, cuya existencia y cuantía no han sido objeto en este procedimiento de una determinación fundada”.
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Explica que igual corresponde sancionar porque la prohibición “comprende la utilización indebida de bienes y recursos públicos como supuesto autónomo, sin requerir necesariamente la producción de un perjuicio fiscal, su apropiación, obtención de un beneficio personal o destino a fines particulares”.
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La decisión de centralizar los análisis en el exterior, concluye, fue “adoptada e impulsada por la sumariada APARICIO sin contar con la autorización institucional exigible”. Reconoce además la “ausencia de beneficio económico acreditado” y de antecedentes disciplinarios, pero afirma que esas circunstancias “no permiten atenuar la relevancia de la falta cometida”.
La lista de reproches es más larga. El Consejo Directivo le atribuye haber reemplazado al comité de ética previsto en el acuerdo de subvención por el del Programa Temático Interdisciplinario en Bioética de la Universidad Nacional de Mar del Plata, sin pasar por los órganos del INTA. Señala diferencias entre el protocolo, que preveía 72 participantes repartidos en tres grupos de 24, y la presentación de junio de 2023, que habla de 20 productores, 28 vecinos y 25 consumidores.
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Aparicio había planteado la nulidad del sumario, además de indefensión y trato discriminatorio. El Consejo Directivo rechazó el pedido “por no verificarse el incumplimiento del procedimiento y haberse garantizado el ejercicio de la defensa con asistencia letrada”. También respondió al argumento de que la coordinadora general del consorcio, Violette Geissen, conocía y avalaba el esquema: ese conocimiento o conformidad operativa, dice, “resultaban insuficientes para formalizar esas decisiones”.
La resolución incluye además un párrafo sobre los resultados. Cita un documento del propio proyecto SPRINT (el entregable D2.4, publicado el 28 de febrero de 2023), según el cual “ninguna de las ingestas calculadas superó la ingesta diaria admisible de referencia en los grupos estudiados” de glifosato. Agrega que los autores consideraron que los niveles estimados “no deberían representar un riesgo potencial para la salud según ese criterio”, y que advirtieron que los datos de salud disponibles no eran adecuados para un análisis epidemiológico.
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El sumario alcanzó a otros trece agentes. El director de la EEA Balcarce, Facundo Quiroz, recibió quince días de suspensión, y Eduardo De Gerónimo, veinticinco. Los demás quedaron eximidos, entre ellos Horacio Berger, que había sido vinculado en calidad de imputado y que días atrás, como director del Centro Regional Buenos Aires Sur, le escribió al Concejo Deliberante de Balcarce para marcar distancia del trabajo de Aparicio.
La resolución ordena además comunicar los hechos a la Oficina Anticorrupción “ante la eventual configuración de delitos de acción pública” y pide a la Dirección Nacional un informe sobre la liquidación del acuerdo de subvención “a efectos de determinar si resulta procedente la apertura de un procedimiento de responsabilidad patrimonial”.
El conflicto viene de lejos. El INTA aprobó su participación en SPRINT, financiado por el programa Horizonte 2020 de la Unión Europea y coordinado por la Universidad de Wageningen, en mayo de 2020. El 15 de junio de 2023 le ordenó a Aparicio suspender la reunión en la que iba a presentar los datos, una medida que la resolución define hoy como “diligencias preventivas”.
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El 7 de diciembre de 2023 el Consejo Directivo dispuso la salida del proyecto (Resolución 1081) y ese mismo día ordenó el sumario (Resolución 1082). “Parezco un poco leprosa en los pasillos del INTA”, le dijo Aparicio a Bichos de Campo cuando se conoció que el expediente proponía su exoneración. Antes de esta resolución había dicho que la sanción “significa quitarme la identidad científica”.
El 15 de octubre presentó, a título personal, los resultados de sus mediciones en el Concejo Deliberante de Balcarce. En paralelo, APINTA y ATE Conicet impulsaban un formulario con la consigna “No a la exoneración de Virginia Aparicio”.
El INTA difundió además un comunicado titulado “Resolución del Consejo Directivo del INTA sobre el Proyecto SPRINT”, en el que no figura el nombre de la investigadora. Dice que el organismo “reafirma su compromiso con la evidencia confiable, el respeto riguroso a los protocolos científicos, éticos y administrativos”. Sostiene que “la respuesta institucional es fortalecer la ciencia, con inversión en equipamiento y capacidades analíticas para generar evidencia confiable”.
Agro & Campo
El INTA exoneró finalmente a Virginia Aparicio, investigadora del proyecto SPRINT que estudió la presencia de agroquímicos en personas
Fuente: Bichos de Campo