El Gobierno nacional puso en marcha un nuevo régimen de retiro voluntario para los trabajadores de la Administración Pública Nacional, con compensaciones económicas que pueden alcanzar el equivalente a 25 salarios y la obligación de eliminar los cargos que queden vacantes. Pero no todos los empleados estatales podrán acceder al programa: la medida alcanzará a las áreas centralizadas, como es el caso de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, dejando fuera aquellas descentralizadas como el INTA, el Senasa y el INASE.
Según establece el Decreto 1203/2026, publicado hoy en el Boletín Oficial, el periodo habilitado para la adhesión correrá desde el 1° de noviembre hasta el 30 de ese mes, inclusive. Ese plazo podrá prorrogarse una sola vez, por un máximo de 30 días corridos, si así lo dispone la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública, dependiente del Ministerio de Desregulación que conduce Federico Sturzenegger.
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Dentro de las áreas alcanzadas, podrán solicitar la adhesión los empleados de planta permanente regidos por la Ley 25.164 y aquellos vinculados mediante contratos de trabajo por tiempo indeterminado bajo la Ley 20.744. En cambio, los trabajadores contratados de manera transitoria no estarán comprendidos en el régimen.
De acuerdo con el Anexo de la norma, las compensaciones económicas dependerán de la edad, los aportes jubilatorios y la antigüedad de cada empleado. Para eso, el Gobierno estableció tres grupos, tomando como referencia la edad que los trabajadores tengan al 31 de octubre de 2026.
El primero comprende a las mujeres desde los 58 años y a los hombres desde los 63 que no cuenten con aportes suficientes para jubilarse. Estos empleados podrán optar por recibir una compensación mensual equivalente al 60% de su salario bruto, durante un máximo de 36 meses o hasta que cumplan los requisitos jubilatorios, si eso sucede antes. Durante ese período se mantendrán los aportes y contribuciones previsionales y a la obra social.
Mirá el Anexo completo acá:
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Como alternativa, podrán elegir una compensación única equivalente a un salario mensual bruto por cada año de antigüedad, con un máximo de 18 salarios. También se establece un límite relacionado con la cantidad de meses que les faltarían para reunir los requisitos de jubilación.
El segundo grupo incluye a mujeres de entre 58 y 64 años y hombres de entre 63 y 64 años que acrediten al menos 30 años de aportes. Para ellos se prevé una compensación equivalente a un salario bruto por año de antigüedad, con un máximo de 18 sueldos, a los que se sumarán otros cinco salarios adicionales. También en este caso existe un límite vinculado al tiempo restante para alcanzar los requisitos jubilatorios.
La norma aclara, además, que quienes ya estén en condiciones de jubilarse no podrán acceder al programa. En el caso particular de las mujeres, contempla a aquellas que hayan ejercido la opción legal de continuar trabajando hasta los 65 años.
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Por último, el tercer grupo está integrado por las mujeres de hasta 57 años y los hombres de hasta 62. Estos trabajadores recibirán una compensación equivalente a un salario bruto por cada año de antigüedad, con un máximo de 20 salarios, más un adicional de cuatro sueldos si tienen menos de 15 años de antigüedad o de cinco si alcanzan o superan ese período. Así, en determinados casos, la compensación total podrá llegar al equivalente de 25 salarios mensuales.
Para calcular esos montos se considerará la remuneración bruta mensual, normal, regular, habitual y permanente, sin incluir pagos extraordinarios. Tampoco se reconocerán los períodos trabajados como becario, personal transitorio o contratado bajo el artículo 9 de la Ley 25.164.
Respecto de la forma de pago, el decreto establece que las compensaciones de hasta 20 millones de pesos se abonarán en un único desembolso. Cuando superen esa cifra, el dinero se pagará en cuotas mensuales consecutivas, de 20 millones de pesos cada una, hasta un máximo de tres cuotas, cancelándose el saldo restante en la última.
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Las autoridades deberán resolver los pedidos dentro de los 40 días corridos posteriores al cierre del período de inscripción, contados desde el día hábil siguiente. Si transcurre ese plazo sin una respuesta favorable, la solicitud se considerará rechazada y el empleado conservará su puesto de trabajo.
El nuevo sistema también fija restricciones para quienes decidan abandonar la administración pública. Por caso, se establece la prohibición de volver a trabajar o prestar servicios en el sector público nacional durante 8 años, bajo cualquier modalidad de contratación, con una excepción expresa para los cargos docentes en universidades nacionales.
Asimismo, existen impedimentos para trabajadores sometidos a determinados sumarios administrativos, con procesos judiciales por delitos contra la administración pública o que hayan iniciado trámites jubilatorios. Quienes mantengan reclamos administrativos o judiciales derivados de su relación laboral con el Estado deberán desistir de ellos para acceder, con las excepciones previstas para cuestiones de riesgos del trabajo.
Agro & Campo
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Fuente: Bichos de Campo