El Banco Central ampliará los destinos del crédito en dólares, pero fija nuevas reglas prudenciales

El Banco Central (BCRA) anunció que adecuará el marco regulatorio aplicable a las financiaciones en moneda extranjera otorgadas por las entidades financieras. Lo hará luego de que se haga efectiva la modificación del artículo 23 del Decreto 905/02, anticipada por el ministro de Economía, Luis Caputo, al anunciar la medida con la que se intenta incrementar la capacidad prestable del sistema local en unos US$5800 millones, en un intento por “reactivar” la economía, según admitió, tras haber posteado en las últimas semanas varias veces estadísticas que mostraban un nivel de actividad récord.La entidad a cargo de Santiago Bausili confirmó que la nueva reglamentación establecerá que las financiaciones provenientes de los depósitos en moneda extranjera otorgadas a clientes que no se encuentren comprendidos en los destinos previamente admitidos por la regulación “no podrán superar, en conjunto, el 15% de los depósitos en moneda extranjera de cada entidad financiera”.Asimismo, esas financiaciones estarán sujetas a un tratamiento prudencial más exigente:El requisito de capital mínimo será equivalente al 125% del aplicable a otras financiaciones de características comparables.A los efectos de los límites de exposición crediticia, estas financiaciones computarán por 1,25 veces la exposición que correspondería de no encontrarse alcanzadas por este tratamiento específico.Las entidades deberán evaluar la capacidad de repago de los tomadores bajo escenarios de variación del tipo de cambio de diferente magnitud.La entidad aclaró que, con estas determinaciones, busca reforzar “la cobertura de los riesgos asumidos por las entidades financieras y establecer límites de exposición más restrictivos” para las financiaciones alcanzadas por el nuevo régimen.Según la visión del BCRA, la norma ampliará los destinos admitidos para la aplicación de depósitos en moneda extranjera con el fin de incrementar el financiamiento disponible para la inversión privada.“La canalización del ahorro doméstico en moneda extranjera a través del sistema bancario permite ampliar la oferta de crédito, impulsar la actividad económica, la productividad y el empleo, y reducir la dependencia del financiamiento externo”, sostuvo.Explicó que, en economías bimonetarias, una intermediación financiera más profunda contribuye a reducir el desbalance entre ahorro doméstico e inversión privada. “Por eso, la implementación de la medida estará acompañada por un esquema prudencial destinado a que la expansión del financiamiento se desarrolle de manera sostenible, resguardando la solvencia y la liquidez del sistema financiero y limitando los riesgos asociados al potencial descalce de moneda de los tomadores de crédito”, agregó.La nueva flexibilización para favorecer la demanda de crédito en dólares es la tercera ampliación dispuesta sobre los límites planteados en el artículo 23 del Decreto 905/2002, promulgado tras la crisis de 2001 durante la administración de Eduardo Duhalde.Llega después de la adecuación que, años atrás, extendió a las principales proveedoras de empresas exportadoras la posibilidad de acceder al financiamiento en moneda extranjera, y de la más reciente, que en junio pasado habilitó a los bancos también a otorgar préstamos en dólares a empresas que no exportan, pero que consiguen como respaldo la garantía de una compañía exportadora.La semana pasada, Bausili había explicado en conferencia que los bancos tienen una capacidad ociosa de depósitos en dólares del 17%.

Fuente: La Nación