Modernización Laboral: el Gobierno flexibilizó el esquema de aportes a los sindicatos y la CGT suma una concesión

El Gobierno decidió dar algunas “precisiones” con respecto a la nueva ley de Modernización Laboral, e introdujo este lunes un cambio que beneficia al esquema de financiamiento de los sindicatos. En una medida que se interpretó como una concesión a la CGT, se flexibilizó el límite de 2% previsto para las contribuciones y aportes a favor de las asociaciones de trabajadores. A través del Decreto 612/2026, que se publicó esta madrugada en el Boletín Oficial, se precisó cómo deben calcularse los límites que fija la ley de Modernización Laboral. Fue un aporte que había hecho el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger. Sin embargo, abogados laboralistas consideran que la normativa llegó para “corregir” el Decreto 407 que se publicó a comienzos de junio, el cual catalogaron como “inconstitucional” y “en contra del espíritu de la ley”. La recaudación propia de las provincias sigue por debajo de 2023: solo seis jurisdicciones lograron recuperarseEn concreto, hasta ahora los límites se determinaban únicamente sobre el salario básico convencional de cada categoría. Pero desde la entrada en vigencia del decreto, también deberán computarse las sumas remunerativas que sean normales, habituales y mensuales, tales como adicionales por categoría, función, presentismo o antigüedad.“La reforma laboral impuso un tope del 2% de las remuneraciones para los llamados ‘aportes solidarios’. Luego, el Decreto 407/26 restringió aún más ese límite al disponer que el tope debía calcularse únicamente sobre el salario básico de convenio, que por definición es inferior a la remuneración total de cada trabajador. Ahora, el tope del 2% debe calcularse sobre el salario básico de convenio más los adicionales de periodicidad mensual y de base convencional”, señaló Hugo Godoy, secretario general de la CTA Autónoma, en X.El Gobierno reglamentó la reforma laboral y así será el nuevo recibo de sueldoSin embargo, quedarán excluidos todos aquellos conceptos que no sean retribuciones habituales. Este listado incluye los premios, los bonos, la participación de las ganancias, las horas extras, el sueldo anual complementario (más conocido como el aguinaldo), el plus vacacional, las sumas no remunerativas y todo otro concepto que no se abone al empleado de manera normal. Al eliminar del tope del 2% todas las contribuciones extraordinarias, estos montos podrán ser acordados entre las cámaras empresarias y los sindicatos en el marco de los Convenios Colectivos de Trabajo. Además, aumenta la base salarial al ampliarse la base de cálculo más allá del salario básico convencional. De la Cuba de Castro a Vaca Muerta: la historia de los hermanos que ganaron la obra energética más grande de la Argentina“El efecto principal es que puede aumentar el monto máximo de las cargas convencionales alcanzadas por los topes, porque los porcentajes pasan a aplicarse sobre una base más amplia. No modifica las alícuotas de los aportes y contribuciones de la seguridad social, no altera las cuotas sindicales de afiliación y tampoco incorpora automáticamente todos los conceptos del recibo de sueldo a la base. Solo se suman al salario básico los adicionales remunerativos de origen convencional que se abonen en forma normal, habitual y mensual", dijo el contador Marco Felice, creador del Blog del Contador.Otro de los cambios que se introdujo con la normativa apunta a las contribuciones patronales que los empleadores acuerden pagar directamente a los sindicatos mediante convenios colectivos. El decreto aclara que esos aportes no quedan alcanzados por el límite del 2% previsto para las cargas obligatorias que recaen sobre los trabajadores.Pero establece una condición. Esos fondos deberán destinarse exclusivamente a obras de carácter social, asistencial, previsional o cultural en interés y beneficio de los trabajadores representados por el sindicato. Además, los fondos afectados a esos destinos deberán ser objeto de una administración especial, llevada y documentada por separado respecto de los demás bienes y fondos sindicales.“Lo único que está topeado es el aporte del 0,5% para las entidades empresarias y del 2% para los sindicatos, que es la contribución solidaria. Eso sigue igual. Pero todo lo otro va por otro canal, y cuando tenga como destino un beneficio para el trabajador que sea cultural, educativo, o previsional no está topeado. Porque son otras contribuciones pactadas y que no tienen que ver con el aporte solidario al sindicato, como pueden ser las sumas para la obra social, seguros de retiro o de sepelio, por ejemplo”, explicó un abogado tributarista de una cámara empresarial que se mantuvo su nombre bajo reserva. La economía después del Mundial: qué prevén los analistas para la inflación, el dólar y la actividadEl decreto lleva la firma del presidente Javier Milei; del jefe de Gabinete, Diego Santilli; y de la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello. En los considerados de la norma, se explica que las precisiones efectuadas tienen por finalidad “brindar certeza respecto del alcance de las disposiciones vigentes y asegurar su adecuada aplicación, contribuyendo a su efectivo cumplimiento”.No osbtante, se trata de un tema que ya había gatillado cautelares en la Justicia. Para Luis Campos, abogado laboralista e investigador del Instituto de Estudios y Formación de la CTA, el nuevo decreto “más que un guiño a favor de los sindicatos” es un intento de “subsanar el exceso reglamentario” en el que habría incurrido el Decreto 407/26 de la reforma laboral. Aún así, considera que tanto el nuevo decreto como el anterior son inconstitucionales por añadir una restricción que la ley original no establecía. “El Gobierno está tratando de restringir la posibilidad de financiamiento de las organizaciones sindicales en una cuantía que sea sostenible frente a posibles cuestionamientos judiciales. De nada le sirve mantener la postura fijada en el decreto 407/26 si luego las organizaciones sindicales consiguen fallos judiciales que decretan su inconstitucionalidad. Y lo cierto es que ese es un escenario bastante previsible. El nuevo decreto intenta llevar la situación a un punto intermedio, aunque en el camino siembra más confusión que otra cosa: cada empleador va a tener que definir, al momento de liquidar sueldos, si un rubro de la remuneración entra o no dentro de la base de cálculo para arribar al tope. Es un sinsentido que puede traer dolores de cabeza a futuro", añadió.

Fuente: La Nación