“Acuerdo para la protección mutua”: Argentina comenzará a reconocer productos con Indicaciones Geográficas de los países que integran el Mercosur

La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, a través de la resolución 67/2025, anunció que Argentina comenzará a regular el procedimiento que apunta a reconocer y proteger las Indicaciones Geográficas (IG) que sean originarias de países que integran el Mercosur.
La medida -que se enmarca en un “Acuerdo para la Protección Mutua”, suscrito en la ciudad brasilera de Bento Gonçalves en 2019 y aprobado por la Ley N° 27.765- establece el mecanismo por el cual se podrán evaluar y aprobar las IG ya reconocidas en Brasil, Paraguay y Uruguay.
El texto normativo recordó que “se considera Indicación Geográfica al nombre que identifica a un producto o servicio como originario del territorio de un Estado Parte, o región o localidad del mencionado territorio, cuando determinada calidad, reputación u otra característica del producto o servicio puede ser atribuida fundamentalmente a su origen geográfico”.
La aromática “Peperina Serrana de Córdoba y San Luis” quedó a punto de obtener su Indicación Geográfica

Según se definió, la encargada de llevar adelante este procedimiento será la Dirección Nacional de Alimentos y Desarrollo Regional, que deberá analizar las IG notificadas luego de que se publiquen las listas y fichas técnicas correspondientes. Esto, se aclaró, “será por 1 día en el Boletín Oficial y en la página web www.alimentosargentinos.gob.ar, en la sección correspondiente a Indicaciones Geográficas de la autoridad de aplicación”.
En paralelo, el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) será quien deba expedirse al respecto de posibles conflictos con marcas ya registradas.
Sobre este punto particular, la resolución contempla un plazo de 30 días para que personas humanas o jurídicas de Argentina realicen “manifestaciones u objeciones fundadas y por escrito, en el marco del referido procedimiento, respecto de las solicitudes de reconocimiento y protección de las IG”.
El té argentino y una miel santiagueña, dos nuevos productos del agro que portarán su Indicación Geográfica

Esto puede deberse a un nombre genético, “entendiéndose por tal aquel que por su uso ha pasado a ser nombre común del producto con el que lo identifica el publico en Argentina”; una marca registrada “en buena fe con anterioridad a la publicación de las IG”; un nombre idéntico o similar a otro ya inscripto; un “error respecto a las cualidades o características del producto de que se trate”; un producto que indique o sugiera que proviene de una IG y en verdad proviene de otro; un conflicto con el nombre de una variedad vegetal o de una raza animal.
Una vez concluido este análisis, la Dirección Nacional de Alimentos y Desarrollo Regional deberá elaborar su dictamen correspondiente, que deberá remitir luego al Ministerio de Relaciones Exteriores para la continuidad del procedimiento.
La resolución consolida el régimen argentino de Indicaciones Geográficas y Denominaciones de Origen previsto en la Ley 25.380, alineándolo con los compromisos regionales asumidos por el país en el Mercosur.
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