El Gobierno simplificó trámites para las empresas extranjeras que quieran invertir en el país

A través de una resolución de la Inspección General de Justicia (IGJ) publicada este martes en el Boletín Oficial, el Gobierno eliminó requisitos burocráticos que se les solicitaban a las empresas extranjeras que querían invertir en el país y que debían inscribirse previamente. “Pedíamos certificados, reformas estatutarias, declaraciones negativas, ¡traducciones certificadas de toda la historia societaria! Lo más loco es que nada de esto lo requería la ley”, repasó el ministro Federico Sturzenegger para destacar los cambios anunciados.El titular del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado explicó que la resolución 4/2026, rubricada por Alejandro Ramírez, director de la IGJ, “detona esa locura derogando el 67% del articulado del régimen anterior (29 de 41 artículos)”. “Quedaron los requisitos que la ley exige y los que tienen función real de control: como certificado de vigencia, estatuto, designación de representante y dos declaraciones juradas”, se explayó.En uno de los considerandos se aclaró que simplificar no es desregular por desregular: “Cada modificación introducida responde a la verificación de que el requisito eliminado o flexibilizado no cumple ninguna función útil de tutela que no esté ya satisfecha por otros medios, o impone costos desproporcionados respecto del beneficio que genera”.“La atracción de inversión extranjera directa requiere un marco regulatorio predecible, accesible y homologable con los estándares internacionales vigentes, con la simplicidad y claridad de los procedimientos registrales que constituyen factores determinantes en las decisiones de localización de estructuras societarias”, se agregó en el texto con las modificatorias.Sturzenegger por último resaltó: “En gran medida es por medidas como esta que queda atrás el chamuyo de la cigarra con el que nos engañaron tanto tiempo [en alusión a la fábula]. Llegó el tiempo de construir granito por granito como la hormiga”.Principales puntos de los cambiosEl Gobierno admite que las empresas presenten el último estatuto ordenado oficial, sin requerir las copias y traducciones de todos los documentos anteriores.Se acepta documentación digital apostillada, por lo que ya no hace falta mandar originales en papel desde el exterior.Se puede tramitar la inscripción de la empresa extranjera y la constitución de la sociedad local en una única gestión simultánea. A partir de la resolución, el trámite que inicie una empresa que quiera participar como socia en una sociedad argentina demorará un tiempo prudencial, según las autoridades.
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