TPS y Seguro Social: el requisito de presencia legal que aparece en cartas de suspensión a jubilados salvadoreños

Jubilados salvadoreños amparados por el Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés) denunciaron que recibieron notificaciones de la Administración del Seguro Social (SSA, por sus siglas en inglés) sobre la suspensión de sus prestaciones mensuales. En las cartas, la agencia sostuvo que los destinatarios no reúnen el requisito de presencia legal necesario para continuar con el cobro.Seguro Social suspende jubilaciones de salvadoreños con TPS: el caso de Juan CerénLa medida afecta a personas que reciben beneficios por sus años de labor y aportes en el país norteamericano. Entre los casos reportados se encuentra el de Juan Cerén, un salvadoreño de 69 años que trabaja y paga impuestos en EE.UU. desde 1990.La comunicación que recibió señaló que no puede seguir con el cobro de su pensión debido a su supuesta falta de presencia legal. “Nos cayó como un balde de agua helada abrir esas cartas del Seguro Social donde le comunican a mi esposo que en realidad ya están cortados sus beneficios”, dijo su esposa, Marta Olivas de Cerén, a Univision.Las notificaciones también generaron preocupación porque, en determinados casos, la SSA habría solicitado la devolución de pagos depositados con anterioridad. Según la información proporcionada por Univision, algunas suspensiones están previstas desde septiembre, mientras los beneficiarios intentan aclarar cuál es su situación migratoria ante las autoridades federales.Qué dice la ley sobre el requisito de presencia legal para los pagos del Seguro SocialLa SSA fundamenta estas decisiones en la Sección 202(y) de la Ley del Seguro Social, una disposición que establece restricciones al pago de prestaciones mensuales a extranjeros durante los períodos en que no cumplen con los requisitos de presencia legal en EE.UU.Para determinar si una persona puede continuar con sus beneficios, la agencia verifica su situación migratoria. Especialistas en inmigración plantean que las suspensiones podrían estar relacionadas con diferencias entre la información migratoria disponible para las distintas agencias federales, aunque la SSA no ha confirmado públicamente esa explicación.En el caso de los salvadoreños amparados por el Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés), la controversia se relaciona con la fecha de vencimiento que figuraba en la última extensión formal del programa y con las disposiciones legales que podrían prolongar su vigencia. Esta diferencia es central para determinar si corresponde interrumpir las jubilaciones.Hasta cuándo se extiende la protección migratoria de los salvadoreñosLa extensión formal del TPS para El Salvador había establecido un período de 18 meses, desde el 10 de marzo de 2025 hasta el 9 de septiembre de 2026. Sin embargo, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) confirmó que los beneficiarios mantienen su protección mientras se espera una determinación definitiva.El artículo 244(b)(3)(C) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés) establece una extensión de seis meses si las autoridades no determinan que el país dejó de cumplir las condiciones del TPS. Para El Salvador, ese mecanismo extendería la protección hasta el 9 de marzo de 2027.No obstante, la aplicación de ese mecanismo debe evaluarse a partir de las disposiciones y notificaciones oficiales correspondientes. Abogados especializados atribuyen parte del conflicto a demoras en la actualización de los avisos migratorios.“Como las agencias de inmigración no pusieron nada en el Registro Federal, diferentes edificios como el Seguro Social ya mandan cartas pensando que el 9 de septiembre todo se ha vencido”, indicó una abogada de inmigración a Univision. “Debido a que esos beneficios se pueden ofrecer a la gente que tiene el estatus legal, una vez que se lo quitan (al TPS) ya no son elegibles”, explicó.

Fuente: La Nación