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Es oficial: las directrices del Uscis para determinar la inadmisibilidad de un migrante por carga pública
La guía del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis, por sus siglas en inglés) establece las directrices para determinar la inadmisibilidad de un migrante bajo la regla de carga pública. Con este fin, según el documento, los funcionarios deben considerar cinco factores legales, además de la recepción de beneficios públicos sujetos a evaluación de recursos.Las directrices del Uscis para determinar la inadmisibilidad de un migrante por carga públicaEl 18 de agosto, un mes antes de la entrada en vigor de la norma, el Uscis compartió una guía con directrices sobre cómo determinar la inadmisibilidad por carga pública. El documento describe conceptos clave, especifica los factores que se consideran en las determinaciones de inadmisibilidad por carga pública y menciona las pruebas que se tendrán en cuenta.Las autoridades indicaron que los funcionarios deben considerar cinco factores legales al determinar la inadmisibilidad por carga pública:EdadSaludEstado familiarSituación financiera del extranjero (bienes y recursos)Educación y habilidadesLa Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) también establece que los oficiales pueden tener en cuenta el Formulario I-864, Declaración Jurada de Apoyo Conforme a la Sección 213A de la INA, que es firmado por una persona que acepta utilizar sus recursos financieros para apoyar al extranjero.Además, pueden considerar cualquier otro factor relevante para evaluar la probabilidad de que el extranjero se convierta en una carga pública. En este punto, se incluye la recepción de beneficios públicos sujetos a verificación de recursos, como asistencia en efectivo para el mantenimiento de ingresos, asistencia para vivienda, cupones de alimentos, ayuda financiera para la universidad o cualquier otro beneficio similar.No obstante, es importante remarcar que para los beneficios recibidos antes del 18 de septiembre, el Uscis solo tendrá en cuenta la recepción de asistencia pública en efectivo para el mantenimiento de ingresos y la institucionalización a largo plazo a expensas del gobierno. En el caso de los beneficios públicos recibidos después de la fecha mencionada, se considerarán “todos y cada uno”. La agencia encargada de procesar los trámites migratorios revisará toda la evidencia relevante en el expediente del extranjero y tomará decisiones caso por caso en base a la totalidad de las circunstancias.Las categorías de migrantes sujetas a la regla de carga públicaLos siguientes migrantes están sujetos a la regla que entró en vigor el 18 de septiembre:Cónyuges, hijos y padres de ciudadanos estadounidensesHijos e hijas solteros de ciudadanos estadounidenses y sus hijosCónyuges, hijos e hijas solteros de residentes permanentes legalesHijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses y sus cónyuges e hijosHermanos y hermanas de ciudadanos estadounidensesPrometidos/as de ciudadanos estadounidensesAmerasiáticos según la categoría de preferencia, nacidos el 31 de diciembre de 1950 o después, y antes del 22 de octubre de 1982Viudas o viudos de ciudadanos estadounidensesTrabajadores prioritariosProfesionales con títulos avanzados o extranjeros con habilidades excepcionalesTrabajadores cualificados, profesionales y otros empleadosInversoresTrabajadores religiososDeterminados empleados o exempleados del gobierno de EE.UU. en el extranjeroEmpleados de la Zona del Canal de PanamáGraduados de facultades de medicina extranjerasEmpleados jubilados de organizaciones internacionalesPersonal de las fuerzas armadas estadounidensesTrabajadores de emisoras internacionalesDiplomáticos o altos funcionarios que no pueden regresar a sus países (Sección 13 de la Ley del 11 de septiembre de 1957)Inmigrantes con visa de diversidadDeterminadas personas que ingresaron antes del 1° de enero de 1982Testigos o informantes extranjerosQuiénes están exentos de la regla de carga pública de UscisEn el lado contrario, las siguientes categorías de extranjeros están exentas de la causal de inadmisibilidad por la norma de carga pública del Uscis para sus peticiones:Asilados y refugiadosInmigrantes amerasiáticos en el momento de la admisiónIntérpretes afganos e iraquíes o ciudadanos afganos e iraquíes empleados por o en nombre del gobierno de EE.UU.Entrantes cubanos y haitianos que solicitan el ajuste de estatus conforme a la sección 202 de la Ley de Reforma y Control de la Inmigración de 1986Solicitantes que buscan el ajuste bajo la Ley de Ajuste CubanoNicaragüenses y otros centroamericanos que están ajustando su estatus a residente permanente legalHaitianos que ajustan su estatus a residente permanente legal bajo la Ley de Equidad en la Inmigración de Refugiados Haitianos de 1998Personas con permiso de permanencia temporal bajo el programa LautenbergJóvenes inmigrantes especialesSolicitantes de registroSolicitantes que buscan el Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés)Determinados embajadores, ministros, diplomáticos y otros funcionarios gubernamentales extranjeros no inmigrantes, y sus familiasVíctimas de trata de personasVíctimas de ciertos delitos (no inmigrantes U)Personas que presentan autopeticiones en virtud de la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA)Determinados extranjeros maltratados que son “cualificados” según la Ley de Reconciliación de Responsabilidad Personal y Oportunidades Laborales de 1996Solicitantes que ajustan su estatus y que califican para un beneficio como cónyuges sobrevivientes, hijos o padres de miembros de las fuerzas armadasIndígenas estadounidenses nacidos en Canadá que no son ciudadanos estadounidensesCiertos miembros de la Banda de Indios Kickapoo de Texas de la Tribu Kickapoo de OklahomaCiudadanos de Vietnam, Camboya y Laos que soliciten financiación en virtud de la Ley de Asignaciones para Operaciones Extranjeras, Financiación de Exportaciones y Programas Conexos de 2001Solicitantes de parole polacos y húngarosCiertos ciudadanos siriosSolicitantes que se ajustan a la Ley de Equidad en la Inmigración de Refugiados de Liberia
Fuente: La Nación