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Alquileres: cómo calcular los aumentos por inflación en septiembre 2026, según los distintos índices
Desde que la Ley de Alquileres quedó derogada en diciembre de 2023, propietarios e inquilinos tienen mayor libertad para acordar las condiciones de los contratos. Entre los puntos que pueden negociar se encuentran la duración, la moneda, la frecuencia de las actualizaciones y el índice que se utilizará para calcular los aumentos.Dentro de ese nuevo escenario, una de las modalidades que ganó terreno es la actualización del alquiler de acuerdo con la inflación medida por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica todos los meses el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).Actualmente, en un mercado sin una normativa que establezca una única fórmula de actualización, muchos contratos se firman por dos años, en pesos y con ajustes cada tres o cuatro meses según la inflación. De todas formas, también continúan existiendo acuerdos vinculados al Índice de Contratos de Locación (ICL), así como contratos pactados directamente en dólares.Cuando las partes eligen el IPC, no alcanza con establecer qué índice se utilizará: también deben acordar cada cuánto se actualizará el valor mensual.“Cuando hay alta inflación, como la que marcó los finales de 2023 e inicios de 2024, conviene que la indexación sea trimestral o cuatrimestral. En épocas anteriores la indexación podía ser semestral”, explica Enrique Abatti, presidente de la Cámara de Propietarios.Pero una vez que llega el momento de aplicar el aumento, aparece una pregunta clave: ¿cómo se calcula correctamente la inflación del período?Un empresario argentino compró uno de los castillos más históricos de España por €10 millones a una conocida familia asturianaCómo calcular cuánto aumenta un alquiler por IPCEl cálculo puede hacerse de dos maneras: a través de una herramienta automática o de forma manual utilizando los porcentajes mensuales publicados por el Indec.Un punto importante es que los porcentajes de inflación de cada mes no deben simplemente sumarse, porque lo que se busca determinar es la variación acumulada durante todo el período.Con una calculadora automáticaEn internet existen múltiples opciones de calculadoras automáticas de inflación acumulada que toman como referencia los datos publicados por el Indec. Una de ellas es la de Chequeado, que es la que se usará como referencia en el siguiente procedimiento:Ingresar a https://chequeado.com/inflacionacumulada/Donde dice “Para comprar algo que salía...” ingresar el monto de alquiler que debe actualizarse.Donde dice “a principios de”, ingresar el mes en el que empieza el período a partir del cual se quiere ajustar. Por ejemplo, si en septiembre se quisiera hacer una actualización cuatrimestral, debería considerarse el plazo de abril a julio (la última relevada).Donde dice “a finales de...”, ingresar el mes en el que termina el período a partir del cual se quiere ajustar.Donde dice “necesitarías la suma de...” figurará el nuevo valor del alquiler.Por ejemplo, si se pactó un ajuste cuatrimestral, para un alquiler de $650.000 iniciado en mayo de 2026 que debe ajustarse en septiembre, se toma la inflación de los cuatro meses previos (y últimos) informados; en este caso será: abril (2,6%), mayo (2,1%), junio (1,9%) y julio (2,1%). Con esos valores, la inflación acumulada del período ronda el 9,02%, por lo que el alquiler en julio pasaría a ser de $708.640 mensuales, aproximadamente.De forma manualEn el caso de que se decida ajustar de forma manual, es importante destacar que no debe sumarse la inflación de cada uno de los meses, sino que se deben multiplicar las variaciones de inflación de cada uno y multiplicarse entre estas y el valor del alquiler, dado que se trata de la inflación acumulada del período.Primero hay que conocer cuál fue la inflación del período por el que se pretende ajustar el alquiler. Los pasos a seguir serían los siguientes:Acceder al informe de IPC del Indec, al que se puede acceder desde la página del Indec (indec.gob.ar), luego ir a la pestaña de “Estadísticas”, hacer clic en “Precios” dentro de la sección de Economía y después seleccionar el botón de “Precios al Consumidor (IPC)”. También se puede acceder directamente desde este enlace.Hacer clic en el botón “leer informe”.En la cuarta página del documento, ver el segundo gráfico “Variaciones mensuales del Nivel general del IPC”. Allí se puede ver la inflación de cada mes, con los que se va a calcular la tasa de variación en el período deseado.La esquina de Palermo que se transforma con una inversión de US$85 millones en el triángulo de lujo porteñoUna vez ubicados los datos, los pasos para hacer la cuenta son los mencionados a continuación:Primero hay que calcular por separado el valor de inflación de cada mes dividido 100 y sumarle 1. Por ejemplo, la inflación de abril fue de 2,6%, al dividirla por 100 da 0,026; más 1, queda 1,026. Lo mismo debe hacerse con los valores de mayo, junio y julio.Luego hay que multiplicar el valor actual del alquiler por esos valores de inflación individuales. El resultado será el nuevo valor del alquiler a pagar durante el próximo trimestre.En otras palabras, la fórmula sería: valor del alquiler x (inflación primer mes/100 + 1) x (inflación segundo mes/100 + 1) x (inflación tercer mes/100 + 1) = valor actualizado del alquiler.En un ejemplo concreto, si en febrero se firmó un contrato de alquiler por $650.000 con ajuste cuatrimestral por inflación, este debería actualizarse por primera vez en julio.La variación mensual de la inflación en esos meses fue de:Abril: 2,6%Mayo: 2,1%Junio: 1,9%Julio: 2,1%Después de dividir cada porcentaje por 100 y sumarle uno, la cuenta quedaría así: 650.000 x 1,026 x 1,021 x 1,019 x 1,021 = $708.412Ese será el nuevo valor del alquiler para el cuatrimestre siguiente.El resultado no siempre coincide con el cálculo realizado a través de la calculadora automática (chequeado.com), ya que las cifras publicadas mensualmente por el Indec están redondeadas (el número puede contener mayor cantidad de decimales que, al contemplarlos en la cuenta, pueden variar entre $100 y $300 más el resultado final).
Fuente: La Nación