Al menos 90 muertes: procesaron a dos exfuncionarias de la Anmat como partícipes necesarias en el caso del fentanilo

La Justicia Federal dictó el procesamiento de las dos exfuncionarias de la Administración Nacional de Alimentos, Medicamentos y Tecnología Médica (Anmat) que tenían a cargo el control de los laboratorios que comercializaron fentanilo contaminado. Además, se les trabó un embargo a cada una por $500.000 millones. Nélida Agustina Bisio, exadministradora nacional de la Anmat, y Gabriela Mantecón Fumadó, exdirectora del Instituto Nacional de Medicamentos (Iname), fueron para la investigación penal “partícipes necesarias penalmente responsables del delito de adulteración de sustancias medicinales” asociada con la muerte de por lo menos 90 personas, lesiones gravísimas en al menos otras dos, lesiones graves en otras 41 y lesiones leves en por lo menos una persona, según consigna la decisión que lleva la firma del juez Ernesto Kreplak.El magistrado también dispuso la inhibición general de bienes sobre ambas y mantuvo la prohibición de salida del país que ya había resuelto cuando ambas exfuncionarias investigadas habían recuperado la libertad tras su detención y declaración indagatoria el mes pasado. Sostuvo, a la vez, la excarcelación solicitada por sus defensas, por lo que el procesamiento fue dictado sin prisión preventiva. “El apartamiento de los criterios técnicos y pautas procedimentales administrativas contaron con el consentimiento y participación de Bisio en su calidad de administradora nacional de la Anmat”, calificó Kreplak en el documento de casi 300 páginas. A criterio del magistrado, eso sucedió en dos casos. El primero, con un “acuerdo infrareglamentario consumado” durante un encuentro del 14 de enero del año pasado con representantes de HLB Pharma y Laboratorios Ramallo en la sede central de la Anmat. De esa reunión con dos empresas que estaban siendo controladas por irregularidades en la producción de medicamentos no quedó registro oficial alguno y, además, ambas exfuncionarias omitieron mencionarlo inicialmente. El segundo caso fue al no suscribir una carta de advertencia a HLB Pharma. “Era este último acto el que contenía una prohibición expresa de no comercialización [de fármacos]”, amplió el juez. “En ambos casos se verifica, efectivamente, un insuficiente ejercicio del poder de policía sanitario al cual se encontraba obligada como titular de la Anmat”, agregó sobre las omisiones de Bisio. En cuando a su subordinada, Mantecón Fumadó, el juez repasó en el escrito que la propia exdirectora del Iname había declarado sobre una directiva del ministro de Salud, Mario Lugones, recibida a través de Bisio de avanzar “con cautela” ante las deficiencias detectadas en la planta de producción de Ramallo durante una inspección a finales de 2024 y justo antes de que comenzara la elaboración de fentanilo en diciembre de ese año. Ambas ahora procesadas en sus declaraciones mencionaron que, justamente, la línea de producción de ese fármaco para el circuito hospitalario había quedado al margen de aquella inspección. “Su interpretación al respecto [por la directiva de Lugones] implicaba avanzar contra los laboratorios pero de manera rigurosa, para evitar pasos en falso. Puso como ejemplo eventuales intervenciones de la Justicia que pudieran dejar sin efecto decisiones de la administración en el sentido indicado. Sin embargo, la conducta de la imputada se aleja considerablemente de lo que se puede entender como riguroso”, enfatizó el magistrado, que es hermano del ministro de Salud bonaerense, Nicolás Kreplak. Entre las omisiones de Mantecón Fumadó enumeró un desentendimiento “por completo” de los plazos que definen las normas vigentes para dictar una medida extrema como es una carta de advertencia -en este caso, para Ramallo- o la inclusión de “actos no reglados” en los procedimientos a seguir como exdirectora del Iname como fueron las entrevistas, tanto formales como informales, con los dueños de las empresas a sancionar. “Inclusive, selló un pacto con aquellos –que, como vimos, no fue el primero– para eludir la emisión de la carta [de advertencia]”, sumó el juez. “A la par, ‘cajoneó’ el proyecto de carta de advertencia de HLB por más de cuatro meses, sin darle al expediente respectivo ningún tipo de trámite durante ese lapso”, detalló. Durante su indagatoria el mes pasado, Mantecón Fumadó había atribuido ese retraso a que la Anmat ya había emitido las alertas de mayo del año pasado, con las prohibiciones de producción, comercialización y uso de los productos de la firma. Para la investigación penal, la exfuncionaria con responsabilidad directa en el monitoreo del cumplimiento de las buenas prácticas de manufactura farmacéutica conocía que las irregularidades en Laboratorios Ramallo se extendían a toda la producción, no solo a las líneas relevadas en las inspecciones de 2024 a partir de las que las áreas técnicas del Iname recomendaron emitir la inhibición meses antes de que la Anmat efectivamente actuara también sobre HLB Pharma. Ambos laboratorios pertenecen al mismo dueño, Ariel García Furfaro, que está detenido. Decisiones políticasOtro punto sobre el que avanza esta nueva resolución es el rol de Bisio al frente de la Anmat, pero con relación al Ministerio de Salud de la Nación, al que la exadministradora informaba cada movimiento asociado con HLB y Ramallo, ya sea vía un chat telefónico o en reuniones, según quedó incorporado al expediente. Hace tres semanas, junto con la detención de ambas exfuncionarias para que prestaran declaración indagatoria a pedido del Ministerio Público Fiscal, Kreplak también había ordenado secuestrar en la cartera sanitaria los registros de ingresos y egresos por reuniones que se realizaron en esa dependencia del gobierno nacional. Con el entrecruzamiento de mensajes y las declaraciones, la Justicia describió qué función cumplía Bisio para con su instancia superior.“Se encuentra probado que la jefatura de la Anmat funcionaba como polea de transmisión de las decisiones políticas en la materia que se adoptaban desde el Ministerio [de Salud], en sentido descendente, y de aporte de información para decidir políticamente, en sentido ascendente –se lee en la resolución–. Y se encuentra acreditado en autos no solo que el ministro Lugones tuvo conocimiento de lo que sucedía, sino que lo tuvo a partir de la intervención de Bisio. A lo largo de la investigación llevada adelante, diversos elementos de convicción permiten poner en escena al doctor Lugones”.Sin embargo, como hasta esta instancia de la investigación surge que esa participación de Lugones en las tareas del Iname y de la Anmat tendía a “impedir la operación” de los laboratorios, Kreplak resolvió: “No hay elementos suficientes para sostener, al menos de momento, que esas decisiones políticas del titular de la cartera [sanitaria nacional] hubieran podido favorecer la ocurrencia de los hechos relevantes desde el punto de vista jurídico penal que se investigan. Distinta es la situación de Bisio, que tenía la responsabilidad máxima sobre el cumplimiento de los cometidos legales y reglamentarios de la Anmat y sus órganos internos y, además, había sido investida políticamente como polea de transmisión de esas directrices políticas. Sin embargo, su obrar fue el contrario”.

Fuente: La Nación