El Gobierno lanza una “Carta de Porte de Semillas” para trasladar materiales en proceso de fiscalización, que será obligatoria desde diciembre

A través de la resolución 475/2026, el Instituto Nacional de Semilllas (INASE) lanzó una nueva documentación que deberá tramitarse para el traslado de materiales en proceso de fiscalización. Se trata de la “Carta de Porte de Semilas”, que comenzará a ser válida desde el 1° de octubre de este año, y que se demandará en forma obligatoria desde el 1° de diciembre.
La medida va en línea con lo anunciado por esa cartera en marzo pasado, cuando presentó un paquete de modernización que incluye digitalización de lotes, inspecciones digitales, autorización electrónica de obtentores, entre otras medidas.
Hasta ahora, al momento de trasladar una semilla en proceso de fiscalización –por ejemplo, desde el lote en que fue multiplicada hasta la planta de procesamiento-, el semillero debía tramitar un “Documento Identificatorio para Semilla Fiscalizada en Tránsito”. Dependiendo el tipo y estado del producto transportado, podría entrar en juego otra documentación solicitada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), lo que generaba una “superposición normativa”.
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En este sentido, las autoridades indicaron que, a fin de abordar esa problemática, “ambos organismos acordaron el desarrollo e implementación de una carta de porte de semillas, manteniendo la información y trazabilidad que ambos procesos requieren”.
Si bien la resolución no específica quiénes serán los sujetos alcanzados, se deduce que la misma apuntará a empresas semilleras, multiplicadores y operadores de plantas semilleras, dejando afuera al productor que manda sus granos a un acopio o puerto.
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En cuanto los materiales que quedarán incluidos, en marzo este Instituto había adelantado que la nueva carta de porte comenzaría por las especies que en el SISA tienen declaración por variedad: soja, trigo, cebada, arroz, maní, arveja, garbanzo y algodonero desmotado.
La fecha para la utilización válida de esta nueva documentación será el 1° de octubre. Desde diciembre la misma pasará a ser obligatoria, quedando sin efecto el anterior “documento identificatorio”.

Fuente: Bichos de Campo