Migrantes mayores de 18 años deberán llevar consigo su comprobante de registro durante agosto, según el Uscis

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis, por sus siglas en inglés) informó que los extranjeros sujetos al registro migratorio deben conservar consigo la constancia que acredita ese trámite. La obligación aplica a los mayores de 18 años y forma parte de las disposiciones previstas por la legislación migratoria federal.Qué exige el Uscis sobre el comprobante de registroLa agencia explicó en su sitio web oficial que el registro constituye un deber legal y no representa una autorización para trabajar ni modifica el estatus migratorio de una persona. Su finalidad es acreditar el cumplimiento de las normas de inscripción previstas por la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés).Los mayores de 18 años pueden demostrar el cumplimiento de esta obligación al llevar una copia impresa del documento correspondiente. También podrán mostrar la evidencia electrónica desde un teléfono u otro dispositivo móvil.Además del deber de portar el comprobante, las personas sujetas al registro también deben informar cualquier cambio de domicilio dentro del plazo establecido por la normativa. La falta de actualización puede generar consecuencias legales.Formularios aceptados para cumplir con el registro migratorioExisten diversas formas en las que un extranjero puede registrarse para cumplir con los requisitos de la ley, esto dependerá de las circunstancias individuales. Los formularios prescritos para cumplir con el requisito de registro y toma de huellas dactilares son:G-325R, información biográfica (registro): este fue establecido por Uscis específicamente para que los extranjeros no registrados puedan cumplir con la ley de manera directa a través de un proceso en línea.I-94, I-94A/I-94W, registro de entrada-salida: comúnmente utilizado al momento de la admisión al país norteamericano.I-95, permiso de aterrizaje para tripulantes.I-485, solicitud para registrar residencia permanente o ajustar estatus.I-590, registro para clasificación como refugiado.I-687, solicitud de estatus como residente temporal.I-698, solicitud para ajustar estatus de residente temporal a residente permanente.I-817, solicitud de beneficios de unidad familiar.Algunos de estos formularios cumplen un doble propósito: funcionan como una solicitud de beneficio de inmigración y, al mismo tiempo, como un formulario de registro. En estos casos, el interesado debe demostrar su elegibilidad para el beneficio solicitado. El Uscis ofrece una herramienta de determinación en línea para ayudar a los usuarios a identificar cuál es la opción de registro más apropiada según su situación. En el caso de los residentes permanentes legales que cumplen 14 años, el trámite correspondiente debe realizarse mediante el formulario I-90 para reemplazar la tarjeta de residente permanente y completar nuevamente el registro junto con la toma de huellas dactilares.Sanciones por no portar el comprobante y reglas para quienes cumplen 14 añosDe acuerdo con la información oficial, el inmigrante que no lleva consigo la evidencia del registro recae en un delito menor. En caso de una condena, la legislación contempla:Multas de hasta US$5000Penas de prisión de hasta seis mesesLa aplicación conjunta de ambas sanciones por cada infracciónLas disposiciones también establecen obligaciones específicas para los menores que alcanzan los 14 años mientras permanecen en EE.UU. Desde la fecha de su cumpleaños disponen de un plazo de 30 días para completar un nuevo registro y realizar la toma de huellas, salvo que exista una excepción prevista por Uscis.Luego de completar el registro y asistir a la cita biométrica cuando sea requerida, recibirán la constancia correspondiente. Quienes cumplen 18 años, deberán llevar ese comprobante consigo en todo momento, conforme a las disposiciones vigentes.

Fuente: La Nación