El gobierno disolvió al Instituto Nacional de Alimentos y Senasa, cual aspiradora, absorbe nuevas funciones en el control de productos procesados

A través del decreto 697/2026, publicado hoy en el Boletín Oficial, el gobierno avanzó con una profunda modificación del sistema de control alimentario. Se trata de la disolución del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) y la redistribución de sus funciones: el el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) se quedará con el registro, control y fiscalización de alimentos, mientras que el registro, control y fiscalización de alimentos será quien defina la política alimentaria.
De acuerdo con el Ejecutivo, la decisión se sostiene en que el organismo sanitario “ya cuenta con la infraestructura territorial de control alimentario más grande del país -laboratorios, cuerpo de inspectores y despliegue en todo el territorio nacional para producción primaria e industrial-“, algo que el INAL no tuvo a esa escala. “Se trata de una cuestión de capacidad operativa instalada, no de jerarquía institucional”, justificaron.
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Lo que trae esta modificación es la eliminación de una frontera clave entre estos organismos. Mientras Senasa se enfocaba en “productos de origen animal y vegetal”, INAL operaba sobre “alimentos acondicionados para consumo directo”. En criollo, los procesados. De acuerdo con el texto publicado hoy, será el organismo sanitario el encargado ahora de controlar y fiscalizar la inocuidad de “los alimentos acondicionados de elaboración nacional o importados en su etapa de acondicionamiento y presentación final para el consumo”.
A esto se suma otro cambio importante vinculado a la simplificación del sistema de control alimentario, eliminando duplicaciones y reduciendo la carga administrativa. En línea con los cambios ya introducidos en enero del año pasado, “se reconocerán por equivalencia las certificaciones de aditivos, coadyuvantes tecnológicos e ingredientes emitidas por países con sistemas de control reconocidos o que aplican el Codex Alimentarius, evitando trámites y evaluaciones duplicadas”.
De esa forma se evitarán evaluaciones y procedimientos duplicados para productos ya autorizados en el exterior y para registros, productos y establecimientos que anteriormente eran evaluados por el INAL y Senasa.
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El punto que más dudas despierta es, sin embargo, el que habilita controles higiénico-sanitarios y bromatológicos a las importaciones de alimentos envasados para venta directa posteriores a su ingreso. Esto, aseguran apunta a “evitar demoras innecesarias en su comercialización”. Quedan exceptuados los productos que muestren signos de deterioro, inconsistencias documentales o riesgos comprobados para la salud humana, animal o vegetal.
Del mismo modo se facilita la exportación de alimentos, estableciendo que los productos deberán cumplir los requisitos del país de destino y que las certificaciones serán emitidas por un único organismo con reconocimiento internacional.
A estos cambios se suma el establecimiento de una Base Única de Datos a cargo del Senasa, desde la cual se centralizará la información y los registros de productos y establecimientos “para agilizar la gestión y fortalecer la trazabilidad”.
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También se establecerá un plazo máximo de 45 días hábiles para actualizar el Código Alimentario Argentino (CAA), con el objetivo de “brinda2 mayor previsibilidad, transparencia y agilidad al proceso de modificación de la normativa”.
En cuanto a las nuevas responsabilidades de la cartera de Salud, el gobierno indicó que como “primera prioridad de esta nueva agenda deberá avanzar en la eliminación de colorantes y saborizantes de los alimentos procesados, en línea con estándares internacionales de alimentación saludable”.
Estas modificaciones se encuentran vigentes desde el momento de la publicación del decreto en el Boletín Oficial.

Fuente: Bichos de Campo