Mediante la resolución conjunta 8/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) y la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, acaban de incorporar cambios en la normativa sobre envases y equipamientos que contienen alimentos.
Se trata de una actualización del Código Alimentario Argentino (CAA) que incorpora a ese marco normativo el Reglamento Técnico Mercosur sobre “disposiciones para envases, revestimientos, utensilios, tapas y equipamientos metálicos en contacto con alimentos”. Son un conjunto de exigencias que endurecen los límites para los metales pesados, fija nuevas restricciones y advertencias y tiene un impacto en la agroindustria.
En concreto, se adapta la normativa argentina a la Resolución GMC 48/23 del Mercosur, que no regula alimentos en sí sino los materiales con los que se fabrican latas, tapas, tanques, silos, tuberías y otros recipientes que entran en contacto con alimentos.
Entre los cambios más relevantes rige que el Código Alimentario pasa a reconocer expresamente el uso de acero al carbono sin revestimiento para fabricar equipos destinados al almacenamiento, transporte y procesamiento, fundamentales en la agroindustria. Eso incluye a silos, tolvas, tanques, tuberías, cintas y sistemas de transporte utilizados en plantas de acopio, molinos, aceiteras y otras industrias alimentarias.
De hecho, buena parte de la infraestructura empleada ya utiliza ese tipo de acero, por lo que ahora la normativa armoniza los estándares técnicos también utilizados en Brasil, Uruguay y Paraguay, y de cara a la exportación, facilita que los fabricantes cumplan con estándares internacionales.
En las cadenas productoras de aceites, harinas, cereales, legumbres y oleaginosas, los recipientes contenedores y de transporte se alinean con esas exigencias.
Por su parte, la nueva normativa también endurece los límites de metales pesados, lo que, sin dudas, es uno de los cambios sanitarios más relevantes. Específicamente, determina que el conjunto de plomo, arsénico, cadmio, mercurio y antimonio no podrá superar el 1%, que el plomo, mercurio y cadmio no podrán superar individualmente el 0,01%, y que el arsénico tendrá un máximo de 0,03%.
Asimismo, también establece una diferenciación mucho más clara entre el “aluminio protegido” y el que no cuenta con protección superficial. En el primer caso, se incluye al anodizado, esmaltado, vitrificado o con revestimientos poliméricos y no se fijan límites para su uso.
Respecto al aluminio sin protección, ahora el Código Alimentario aclara que sólo podrá utilizarse en contactos inferiores a 24 horas a cualquier temperatura. En caso de que sea un plazo mayor a 24 horas requiere de almacenamiento refrigerado o congelado, o de alimentos secos o grasos.
Asimismo, prohíbe expresamente que esos recipientes o utensilios se usen “para preparar, cocinar, calentar o almacenar alimentos muy ácidos o muy salados tales como anchoas en conserva, jugo de limón, alcaparras en conserva, vinagre, jugo de manzana”.
Además de incorporar expresamente el uso de acero al carbono sin revestimiento, la nueva normativa moderniza todo el listado de metales admitidos, adaptándolo a las tecnologías utilizadas actualmente por la industria alimentaria y alineándolo con los criterios técnicos comunes del Mercosur.
Entre las novedades aparecen también nuevos tipos de aceros inoxidables, diferentes aleaciones de aluminio y otros materiales metálicos que pueden utilizarse bajo determinadas condiciones de composición química y uso.
Agro & Campo
Con nuevos límites para metales pesados, actualizan las normas que regulan los materiales de silos, tanques, tuberías y y todo tipo de envases para alimentos
Fuente: Bichos de Campo