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Ciudadanía italiana: una decisión judicial renueva las esperanzas para miles de argentinos
La Corte Constitucional de Italia decidió no resolver de forma directa sobre la constitucionalidad de la controvertida Ley Tajani (ley 74/2025). En su lugar, mediante la Ordenanza N° 147/2026, elevó una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para que determine si la norma es compatible con los tratados de la Unión Europea.La llamada Ley Tajani, que empezó a regir el 28 de marzo de 2025, restringe en gran medida el principio de ius sanguinis (derecho de sangre), limitando la transmisión de la ciudadanía únicamente a hijos y nietos de italianos nativos. Excluye, de manera expresa, a bisnietos, tataranietos y generaciones posteriores, argumentando que han perdido el “vínculo efectivo” con el país europeo.Ante la flamante decisión de la Corte Constitucional italiana, Antonella Nediani, abogada argentina y colaboradora del Estudio Jurídico Montefiori en Italia, explicó que el fallo abre una expectativa relevante para quienes tienen juicios pendientes por el reconocimiento de la ciudadanía. La cuestión de constitucionalidad nació a partir de los casos tramitados ante los Tribunales de Mantova y Campobasso en los que no resultaba acreditado que los interesados hubieran intentado obtener antes del 27 de marzo de 2025 un turno ante el consulado italiano o ante una comuna para iniciar el procedimiento de reconocimiento; por ello, el planteo puede alcanzar a una gran parte de los procesos promovidos después de esa fecha. “La Corte Constitucional todavía no declaró la inconstitucionalidad de la reforma, sino que suspendió su propio procedimiento y remitió una cuestión prejudicial a la Corte de Justicia de la Unión Europea. El TJUE no deberá pronunciarse sobre la totalidad de la nueva normativa, sino específicamente sobre la disposición del art. 3-bis de la Ley N º 91/1992 que habla sobre la posibilidad de considerar que quienes nacieron en el extranjero antes de la reforma nunca adquirieron la ciudadanía italiana que la legislación vigente al momento de su nacimiento les atribuía iure sanguinis”, explica Nediani. ¿Qué podría cambiar?Según la abogada Graciela Cerulli, titular del estudio Cerulli Arena, esta es una gran noticia para los argentinos que quieren el reconocimiento de su nacionalidad italiana. “Hace apenas unos meses, mediante la sentencia Nº 63/2026, la Corte Constitucional se había pronunciado en un procedimiento distinto, considerando infundadas las cuestiones examinadas en aquella oportunidad. Hoy, sin embargo, aun recordando esa decisión anterior, optó por dar un paso más: solicitar directamente al Tribunal de Justicia de la Unión Europea que aclare si la normativa italiana es compatible con el Derecho de la Unión en materia de ciudadanía europea. Se trata de un paso de extraordinaria importancia”, destaca.Según Cerulli, esta medida es sumamente importante porque el debate jurídico no se terminó. Ahora debe continuar y esta “cuestión” será examinada por el TJUE. “Se abre una nueva etapa, en la que también el Derecho de la Unión será protagonista de un asunto que afecta la historia de miles de familias italianas en todo el mundo. Seguimos creyendo en la protección de los derechos”, dice.Al mismo tiempo, reconoce que estos últimos meses fueron difíciles para muchas personas que vieron interrumpido repentinamente su camino hacia el reconocimiento de la ciudadanía italiana. “Todavía no estamos en la línea de llegada, pero esta novedad es un paso importante que mantiene viva la esperanza de miles de personas que esperan el reconocimiento de su ciudadanía italiana”, señala.Respecto de aquellos que todavía no iniciaron ninguna acción para obtener la ciudadanía italiana, Nediani aconseja esperar la resolución europea antes de promover un nuevo juicio, salvo que cuenten con documentación fehaciente que demuestre que, antes de la fecha límite del 27 de marzo 2025, ya habían intentado obtener un turno ante el consulado o una comuna para solicitar el reconocimiento de la ciudadanía, supuesto que conserva una argumentación jurídica diferenciada. “Por otro lado, resulta cuestionable lo afirmado por la Corte Constitucional cuando presupone que los descendientes residentes en el exterior carecen, en general, de una conexión real con Italia y que su eventual reconocimiento podría representar un riesgo para la formación de la voluntad electoral del país. Esta consideración desconoce que numerosas familias descendientes de italianos conservaron durante generaciones la lengua, la cultura, las tradiciones, los vínculos familiares y una relación efectiva con Italia, por lo que la existencia de ese vínculo debería poder acreditarse y valorarse individualmente, en lugar de descartarse automáticamente por el solo hecho de haber nacido o residir en el extranjero”, sostiene.Fallo europeoAhora todo quedó en manos de la Corte Europea. Cerulli explica que es este organismo el que debe decidir si el nuevo decreto se aplica o no a las personas que ya nacieron. “Esto no tiene precedentes en la jurisprudencia italiana. Es la primera vez en la historia que la Corte Constitucional manda algo sobre lo que tiene que decidir a la Corte Europea de los derechos del hombre. Es una noticia muy importante”, expresa.En definitiva, la Corte Europea lo tendrá que decir es si el decreto Tajani es compatible o no con el Derecho de la Unión Europea. Y si dijera que no es compatible, la parte de incompatibilidad de ese decreto no se va a aplicar más. “Todos los que presentaron la causa o la documentación antes del 28 de marzo del año pasado están a salvo. Después de esa fecha, si el TJUE dice que no se aplica a las personas que ya nacieron, esas personas van a poder pedir el reconocimiento de la ciudadanía italiana”, resume Cerulli. Plazo¿Cuándo se dictará el fallo? Las letradas afirman que no existe un plazo determinado para la respuesta europea. “La decisión podría llegar en seis meses o en un año, aunque también podría extenderse durante más tiempo. Como referencia práctica, uno de los reenvíos prejudiciales seguidos por el estudio Montefiori en materia de asilo, relativo a los artículos 4 y 5 del Reglamento Dublin, demoró aproximadamente un año y medio en obtener resolución. De todas maneras, la suspensión de los demás juicios italianos no es automática, pues deberá ser dispuesta por cada juez en el caso concreto. Sin embargo, la existencia de este reenvío otorga ahora a los magistrados un fundamento jurídico particularmente sólido para suspender las causas hasta que la Corte Europea se pronuncie y la Corte Constitucional italiana retome posteriormente el procedimiento”, aclara Nediani. Aunque es cierto que los plazos del TJUE suelen ser largos, algunos abogados podrían solicitar una medida de urgencia para que el proceso finalice lo más rápido posible. Para concluir, Cerulli deja una frase esperanzadora para todos los descendientes de italianos: “La batalla jurídica continúa y la esperanza permanece viva. Lo importante es que la partida no ha terminado. Hoy se abre un nuevo capítulo”.
Fuente: La Nación