Salario de la UATRE: cuánto cobra un trabajador rural en julio 2026

Los trabajadores que se desempeñan en el ámbito rural tienen en el mes de julio un reajuste salarial, producto del último tramo de aumentos del acuerdo paritario, que fue homologado por la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, que depende del Ministerio de Capital Humano, en mayo, y que incluye una suma no remunerativa.A través de la disposición 643/2026, publicada en el Boletín Oficial, quedaron establecidos los montos para las distintas categorías de trabajadores rurales de todo el territorio nacional.A quiénes alcanza el incremento de julioEsta actualización salarial abarca a distintas categorías de trabajadores, entre las que se encuentran:Personal permanente de prestación continua: peones generales, conductor tractorista, maquinista de máquina cosechadoras y agrícolas que se desempeñen exclusivamente en la actividad en las tareas de recolección y cosecha de granos y oleaginosas; tractorista. Actividad porcina en criadero: peón general. Actividad Olivícola: dentro de la tarea personal de riego, trabajador calificado. Aplicación de Productos Fitosanitarios: peón auxiliar. Para Cáñamo: dentro del rubro operario de campo, trabajador no calificado. Riego presurizado de CAR 13, operador de riego presurizado. Alambrar de CAR 11, peón. De acuerdo al anexo que figura en la normativa, los trabajadores rurales, en el ámbito de todo el país, reciben a partir del 1° de mayo de 2026 hasta el 31 de julio 2026 una suma fija que varía según la categoría a la que pertenezcan. A su vez, las partes acuerdan establecer una cuota de solidaridad gremial a cargo de los trabajadores que no se encuentren afiliados a la entidad sindical signataria, equivalente al 2% mensual sobre el total de las remuneraciones. Cuánto ganan los trabajadores rurales en julio de 2026Para la vigencia que va del 1° de mayo de 2026 al 31 de julio de 2026, quedaron establecidos los siguientes valores, sin comida y sin S.A.C.:1. Categorías GeneralesCategoríaSueldo MensualSuma No Remunerativa MensualPeones Generales$1.088.358,51$5.335,10Ayudantes de Especializados / Peón Único$1.116.058,33$5.470,88Especializados: Cultivo de arroz, haras, cabañas (bovinos y ovinos)$1.118.365,64$5.482,19Ovejeros$1.127.265,44$5.525,82Oficios: Albañiles, apicultores, carniceros, carpinteros, cocineros, cunicultores, despenseros, domadores, fruticultores, herreros, inseminadores, jardineros, mecánicos (generales y molineros), panaderos, pintores, quinteros y talabarteros$1.158.597,91$5.679,41Ordeñadores en explotaciones tamberas$1.165.963,05$5.715,52Ordeñadores en explotaciones tamberas que también desempeñan funciones de carreros$1.200.423,84$5.884,44Conductores tractoristas, maquinista de cosechadoras y máquinas agrícolas$1.207.669,28$5.919,96Mecánicos tractoristas$1.267.993,03$6.215,662. Personal JerarquizadoCategoríaSueldo MensualSuma No RemunerativaPuesteros$1.195.766,06$5.861,61Capataces$1.314.868,81$6.445,45Encargados$1.384.853,14$6.788,51Aunque no existe una fecha precisa pautada, el acuerdo indica que “las partes se comprometen a retomar las negociaciones salariales cuando alguna de las partes lo solicite, a fin de analizar las posibles variaciones económicas acaecidas desde la entrada en vigencia del presente acuerdo que podrían haber afectado a las remuneraciones mínimas referidas ut supra, y la necesidad de establecer ajustes sobre estas.
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