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Detuvieron a un periodista condenado por abusar de su expareja
Se trata de Gustavo Gabriel Hamilton, de 61 años; el ataque sexual ocurrió en un departamento de Balvanera donde convivían la víctima y su agresor
La Policía de la Ciudad detuvo en el barrio porteño de Parque Chacabuco a Gustavo Gabriel Hamilton, un periodista de 61 años que estaba prófugo desde julio de 2024 cuando se lo declaró rebelde y se ordenó su captura después de que la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional rechazara un planteo presentado por su defensa y confirmara la condena a cuatro años de cárcel por haber abusado de su expareja. Así lo informó el sitio de noticias de la Procuración General de la Nación, www.fiscales.gob.ar. Hamilton fue apresado por detectives de la División Delitos Contra la Integridad Sexual de la fuerza de seguridad porteña en el cruce de las avenidas Asamblea y La Plata, en Parque Chacabuco, después de una investigación de la que participó la Secretaría de Captura de Prófugos (Secap), conducida por Juan Pablo Bello y que depende de Unidad Fiscal Especializada en Investigación Criminal Compleja (Ufecri), a cargo del fiscal José María Campagnoli.Hamilton, que en su página Web se presenta como periodista parlamentario, historiador, artista plástico y pensador, había sido condenado el 10 de octubre de 2023 por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) porteño N°1 al ser encontrado culpable del delito de abuso sexual gravemente ultrajante. Según el fallo, el delito se cometió por medio de “violencia e intimidación”.El ataque sexual, según el expediente judicial, ocurrió en el departamento de Balvanera donde convivían víctima y victimario. Tras las condena de primera instancia, el abogado defensor de Halmilton, Santiago Rajmilchuk, interpuso el recurso de casación e inconstitucionalidad. En su presentación, la defensa, entre otros puntos, cuestionó la duración del proceso penal, que comenzó el 3 de enero de 2012, con la denuncia de la víctima, y concluyó con el juicio, que se hizo en 2023. “Se debe tener en cuenta el tiempo transcurrido, y la naturaleza de escasa complejidad del hecho denunciado, que no justifican la demora de más de 11 años entre el hecho imputado y el juicio oral, por lo que aparece violada la garantía del plazo razonable que invoco, debiendo considerarse además el tiempo que pasará hasta la sentencia definitiva”, sostuvo el abogado defensor en el recurso. También cuestionó “la verosimilitud” del relato de la víctima al “concluir que la declaración de la denunciante/testigo es falsa y que no era suficiente para fundar la condena de su asistido”. Y solicitó que se declare la “insubsistencia de la acción penal” y que se absuelva a Hamilton.“A diferencia de lo que sostiene la defensa, resulta lógico que la víctima no recordara con exactitud lo que declaró 11 años antes del debate oral. Tampoco puede soslayarse que, al momento de presentarse ante la justicia, denunció una serie de conductas abusivas y violentas contra su persona, entre las cuales se encuentra el hecho que fue materia de este proceso. Más allá del modo en que el sistema cercenó su relato, procesándolo por vías independientes, lo cierto es que para la víctima todo ocurrió en un mismo contexto abusivo. Ello explica perfectamente, como lo sostiene el tribunal, por qué recordaba con más intensidad otras conductas de Hamilton. En definitiva, a partir de la lectura de lo declarado tantos años antes, la damnificada pudo recordar claramente que el imputado la obligó a practicarle sexo oral mientras la amenazaba con una espada a la que llamaba Ninja TO”, se explicó en la resolución de la Sala I Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, integrada por los jueces Gustavo Bruzzone, Mauro A. Divito y Jorge Luis Rimondi, a la que tuvo acceso LA NACION, donde se confirmó la condena de primera instancia.Las camaristas también afirmaron: “Respecto a las descalificaciones dirigidas a la denunciante, es importante hacer saber al letrado que desacreditar la palabra de una mujer víctima por medio de la utilización de estereotipos de género, configura un supuesto de violencia simbólica en los términos del artículo. 5, inciso 5° de la ley 26.485 –de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales–”. Y, según www.fiscales.gob.ar, consideraron que el consumo de estupefacientes o el padecimiento de ataques de pánico (cuestiones que usó el abogado defensor para criticar a la víctima) “no son circunstancias que impidan a la testigo declarar lo que vivió; al contrario, esos indicadores de vulnerabilidad son barreras que la víctima superó para poder exponer los hechos que la damnificaron”.Tras el fallo del tribunal de alzada, Hamilton fue declarado en rebeldía y se ordenó su detención. Estuvo prófugo dos años, hasta que fue detenido por la Policía de la Ciudad.