TPS: el Uscis extendió los permisos de trabajo, pero solo hasta el 10 de julio

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis, por sus siglas en inglés) confirmó una extensión limitada para permisos de trabajo de los extranjeros amparados por el Estatus de Protección Temporal (TPS). La prórroga estará vigente hasta el 10 de julio.Qué implica la extensión del TPS hasta el 10 de julioLa decisión fue anunciada luego del fallo emitido por la Corte Suprema de EE.UU. el 25 de junio, que permitió al gobierno de Donald Trump continuar con el proceso para finalizar el TPS otorgado a ciudadanos de países como Haití y Siria. Con esta medida, el Uscis busca mantener vigentes los Documentos de Autorización de Empleo (EAD, en inglés) durante un período reducido mientras los tribunales inferiores completan la aplicación de la sentencia del máximo tribunal.Según la información oficial del Uscis, la prórroga alcanza a los permisos de trabajo identificados mediante los formularios I-766 correspondientes a las categorías A12 y C19, que serán considerados válidos automáticamente hasta la nueva fecha límite. Esto impacta en los siguientes países bajo el TPS:HaitíSiriaYemenEtiopíaSudán del SurSomaliaBirmania Los beneficiarios recibirán una respuesta manual del programa Verificación Sistemática de Derechos del Extranjero (SAVE, por sus siglas en inglés) que indicará: “Estatus de protección temporal – Autorización de empleo - Temp Emp Auth”. El sistema mostrará como fecha de vencimiento del EAD el 10 de julio.Qué resolvió la Corte Suprema sobre el TPSEl fallo del máximo tribunal determinó que la legislación que regula el TPS impide que las cortes federales revisen las decisiones administrativas relacionadas con la creación, renovación o finalización de este programa migratorio. La mayoría de los magistrados interpretó que esa limitación también alcanza a las actuaciones previas que forman parte del proceso para poner fin al beneficio.La Corte presentó dos argumentos centrales para validar la cancelación del TPS para ciudadanos de Siria y Haití:La falta de autoridad de los tribunales para revisar estas decisiones.La ausencia de pruebas de discriminación racial en el proceso.La Corte enfatizó que el artículo 1254a(b)(5)(A) del Código de EE.UU. es claro al negar la intervención judicial sobre este programa. El tribunal rechazó la idea de que se puedan revisar errores de procedimiento por separado y argumentó que estos se fusionan con la decisión final no revisable.En el caso de los beneficiarios de Haití, el tribunal también rechazó en esta instancia el planteo que sostenía que la cancelación del TPS respondía a motivos de discriminación racial, al considerar que no existían elementos suficientes para respaldar esa acusación.Qué ocurrirá después del 10 de julio con los beneficiarios del TPSTras la decisión de la Corte Suprema, el gobierno quedó habilitado para continuar con la eliminación del TPS para varias naciones, entre ellas Haití y Siria, luego de que fueran revocadas las medidas judiciales que habían suspendido ese proceso. Si no existen nuevas decisiones judiciales o administrativas antes del vencimiento de la prórroga, los beneficiarios perderán la protección y también la autorización de empleo vinculada al TPS.Una vez concluido el plazo del 10 de julio, quienes no hayan obtenido otro beneficio migratorio podrían perder tanto la autorización para trabajar como la posibilidad de permanecer legalmente en EE.UU. Debido a esto, quedan automáticamente expuestos a la deportación.
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