La justicia previsional intimó a la Anses a pagarle a Cristina Kirchner una pensión millonaria

La justicia previsional intimó a la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) para que, en un plazo de 10 días, comience a pagarle a Cristina Kirchner una prestación mensual de privilegio, cuyo monto rondaría los $15 millones. Concretamente, la resolución judicial ordena cumplir la medida cautelar dictada en febrero pasado por los jueces Sebastián Russo y Juan Fantini para que se le abone provisoriamente a CFK la pensión por ser la viuda del expresidente Néstor Kirchner, a pesar de la condena por administración fraudulenta en perjuicio del Estado, por la cual está en prisión.Por la fecha de emisión de la notificación, el plazo se cumple el 8 de julio. Fuentes del Gobierno dijeron que se cumplirá con la orden judicial, a la vez que se mantiene un recurso de queja ante la Corte Suprema, en busca de que se revierta la resolución de los jueces previsionales. La medida cautelar fue dictada en febrero último por los mencionados jueces, integrantes de la Sala 3 de la Cámara Federal de la Seguridad Social, luego de que la expresidenta apelara la decisión de la jueza Karina Alonso Candis, del Juzgado Federal N° 1 del fuero previsional, que se había negado a darle curso a la pretensión de CFK.El procurador general de la Nación consideró que la Corte Suprema debe intervenir en el juicio por la pensión de privilegio de Cristina KirchnerDías atrás, y tal como informó LA NACION, la Anses -como parte demandada- le pidió a la justicia que fijara una “caución real” a prestar por la expresidenta de la Nación, como condición para cumplir con el fallo y volver a pagarle la pensión de privilegio. Es decir, se solicitó disponer que CFK ponga algo en garantía para que, en caso de que una futura sentencia sea adversa a su pretensión de volver a percibir definitivamente sus prestaciones multimillonarias, el Estado pueda recuperar el dinero que le haya abonado en virtud de la cautelar. CFK presentó ante la Justicia una “caución juratoria”, que implica tomar el compromiso de devolver eventualmente el dinero, pero que -a diferencia de una “caución real”- no tiene el respaldo de algún activo. La intimación de la jueza, que da por cumplido el requisito pedido por el Gobierno, fue cursada el 24 de junio, días antes de la decisión de la Corte Suprema de dejar firme el monto de casi $685.000 millones de pesos para ejecutar el decomiso sobre los bienes de la expresidenta, el empresario Lázaro Báez y otros exfuncionarios en la causa en la que fueron condenados.“Encontrándose cumplido el recaudo exigido para la efectivización de la medida cautelar oportunamente dispuesta, intímese a la demandada [por la Anses] para que, dentro del plazo de 10 días, dé cumplimiento a lo resuelto por la Sala III de la Excma. Cámara Federal de la Seguridad Social”, señala el escrito firmado por la jueza Alonso Candis, quien aclara que los pagos a hacer no comprenden “sumas retroactivas ni intereses, por no haber sido ello materia de decisión de la medida cautelar otorgada”.La Corte Suprema dejó firme el monto del decomiso en la causa contra Cristina KirchnerEl “recaudo exigido” se consideró cumplido a partir de una nota presentada con la firma de Cristina Kirchner, que indica que presta caución juratoria “a fin de responder a los eventuales daños y perjuicios que tal medida [por la cautelar] pudiere provocar”.El pago ordenado por los jueces es provisorio, ya que se dispuso efectuarlo mientras se resuelve de manera definitiva el juicio iniciado por CFK, en rechazo de la normativa de la Anses que dio de baja tanto esa pensión como la jubilación de privilegio, surgida de haber ejercido ella misma la presidencia de la Nación. Ambas asignaciones sumaron en aquel último mes en que se abonaron más de $35,2 millones en bruto y casi $22 millones en términos netos.La medida cautelar pedida por CFK y otorgada se refiere a la reposición provisoria de uno de los beneficios que, en aquel momento, fue de $12,5 millones, incluyendo un plus por residencia en zona austral, que Cristina Kirchner percibía pese a que vivía en la ciudad de Buenos Aires. La baja de las prestaciones de privilegio se dispuso luego de que la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la sentencia por corrupción en la causa Vialidad. Después, ese fallo fue ratificado por la Corte Suprema de Justicia. Tras dictarse la cautelar, la Anses y el Ministerio Público habían hecho presentaciones para que se otorgara un recurso extraordinario y la causa pasara a la Corte. Los jueces camaristas rechazaron esa apelación. Entonces, el fiscal Juan Carlos Paulucci y la Anses presentaron recursos de queja ante el tribunal superior.Ante ese estado de cosas, esta semana el procurador general de la Nación, Eduardo Casal, emitió un dictamen en el que manifestó su opinión favorable a que la Corte intervenga y rechace la medida cautelar. Según el escrito, al existir una condena penal contra CFK que implica la suspensión del cobro de beneficios previsionales, no corresponde hacer lugar a la percepción del ingreso, incluso cuando se trate de una disposición provisoria (no hay una consideración aún de la cuestión de fondo, que es si corresponde o no la baja de las prestaciones). Mientras tanto, como condición para cumplir con la orden judicial, la Anses había pedido una garantía o caución, alegando que el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación dispone que “la medida precautoria solo podrá decretarse bajo la responsabilidad de la parte que la solicitare, quien deberá dar caución por todas las costas y daños y perjuicios que pudiere ocasionar”. Se mencionó también que según la ley 26.854, las medidas cautelares contra el Estado nacional o sus entidades descentralizadas “tendrán eficacia práctica una vez que el solicitante otorgue caución real o personal por las costas y daños y perjuicios que la medida pudiere ocasionar”. En el escrito presentado por la abogada Yanina Luminoso en nombre de la Anses se menciona que “la asignación mensual vitalicia cuya rehabilitación se dispuso cautelarmente ascendería actualmente a 38 haberes mínimos”, lo cual equivale a unos $15,3 millones.La causaEn noviembre de 2024, una resolución firmada por el entonces director ejecutivo de la Anses, Mariano de los Heros, dio de baja las dos asignaciones de privilegio que hasta ese mes estaba cobrando Cristina Kirchner. Fue luego de que la exfuncionaria fuera condenada por ser “autora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública”. Después de iniciar una demanda para recuperar ambas asignaciones, la expresidenta pidió una cautelar para cobrar, mientras se espera la resolución de fondo de la causa, una de las dos prestaciones. Y, tal como se consignó, en febrero los jueces camaristas accedieron a la solicitud, mencionando razones “alimentarias”.Tras esa decisión, se presentó el recurso extraordinario para procurar que la causa llegara a la Corte. Eso fue negado por los jueces Russo y Fantini. Posteriormente, llegaron las presentaciones de los recursos de queja ante el tribunal supremo.Ambos ingresos (la asignación vitalicia por expresidenta y la pensión por el también expresidente Néstor Kirchner) surgen de la ley 24.018. Son considerados de privilegio porque, para su obtención, no se pide cumplir con requisitos ni de edad ni de tiempo de aportes.La expresidenta había comenzado por primera vez a percibir dos beneficios a la vez apenas terminada su presidencia. Todavía en tiempos de su gestión, se le había otorgado la jubilación como expresidenta, mientras ya cobraba la asignación como viuda de Néstor Kirchner. Durante el gobierno de Mauricio Macri se le dejó de pagar una de las prestaciones, y la decisión se justificó en las incompatibilidades fijadas en la citada ley 24.018.Sin embargo, en marzo de 2021 y en medio de un juicio en trámite, la entonces directora ejecutiva de la Anses y militante camporista, Fernanda Raverta, repuso el pago de la asignación suspendida.El artículo 5 de la ley 24.018 indica que el cobro de la asignación de expresidente “es incompatible con el goce de toda jubilación, pensión, retiro o prestación graciable nacional, provincial o municipal”. Si bien no hay mención explícita a una asignación prevista por la misma ley, la norma define como una “pensión” al cobro por ser viuda de un exmandatario.La cuestión del cobro del doble beneficio tiene su propia causa judicial, que sigue abierta luego de que la entonces diputada nacional Graciela Ocaña presentara, años atrás y agotadas otras instancias, un recurso de queja ante la Corte Suprema, para procurar que la cuestión no quedara archivada con CFK cobrando, en ese momento, ambas prestaciones.
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