Los trámites migratorios que el Uscis debe reanudar cuanto antes por una orden oficial: quiénes se benefician

La Justicia de Estados Unidos ordenó al Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis, por sus siglas en inglés) volver a procesar miles de solicitudes migratorias que habían quedado suspendidas por directrices implementadas en diciembre de 2025. La medida fue dispuesta por el juez federal John J. McConnell Jr., de la Corte de Distrito de Rhode Island.Qué trámites migratorios deberá reanudar UscisEl magistrado concluyó en una sentencia de 135 páginas que las políticas aplicadas por la agencia para congelar beneficios migratorios no se ajustaban a la ley. En su fallo, señaló que las suspensiones fueron adoptadas sin respaldo normativo suficiente y dispuso dejar sin efecto los lineamientos que mantenían paralizados numerosos expedientes.La decisión beneficia especialmente a inmigrantes de países afectados por las restricciones, como Venezuela, Cuba y HaitíLa decisión obliga al Uscis a retomar el análisis de los casos pendientes, aunque no modifica los requisitos establecidos para cada trámite. Las solicitudes deberán continuar su curso habitual y serán evaluadas de manera individual.La orden judicial abarca distintos beneficios administrados por la agencia migratoria. Entre ellos se encuentran:Solicitudes de asilo y de suspensión de remoción.Permisos de trabajo, formalmente Documentos de Autorización de Empleo (EAD, por sus siglas en inglés).Ajuste de estatus para obtener la green card.Trámites de ciudadanía y naturalización.Peticiones de visas de inmigrante para familiares y trámites de documentos de viaje.El fallo eliminó la denominada “pausa de beneficios”, que permitía detener el tratamiento de solicitudes presentadas por ciudadanos de determinados países.Quiénes se benefician con la resolución judicialUno de los grupos alcanzados por la decisión está integrado por ciudadanos de 39 países que habían sido incluidos en mecanismos especiales de revisión o restricciones migratorias. Entre ellos figuran personas de Afganistán, Cuba, Haití, Irán, Somalia, Sudán, Venezuela y Birmania, entre otros.La sentencia también favorece a personas que ingresaron a EE.UU. desde el 20 de enero de 2021 y cuyos beneficios ya aprobados estaban siendo sometidos a nuevos procesos de evaluación establecidos por las directrices ahora anuladas. Otro sector beneficiado corresponde a solicitantes de asilo de cualquier nacionalidad, debido a que el tribunal dejó sin efecto una política que suspendía de manera generalizada la resolución de estos casos.Qué significa la decisión sobre el Uscis para quienes esperan una respuestaLas personas con expedientes afectados no deberán volver a presentar formularios ni iniciar nuevos procedimientos. El Uscis deberá retomar el análisis de los casos y utilizar los registros ya existentes. A partir de la reactivación de los trámites, los solicitantes podrían recibir requerimientos de documentación complementaria y convocatorias para entrevistas o notificaciones sobre el avance de sus expedientes.Sin embargo, la orden judicial no implica que los beneficios serán aprobados automáticamente. Cada solicitud continuará con la evaluación conforme a las normas migratorias vigentes y puede obtener una resolución favorable o negativa.Mientras la agencia se prepara para apelar la decisión ante instancias superiores, deberá cumplir con la orden emitida por la Corte y continuar con el procesamiento de los expedientes alcanzados por el fallo.“El Uscis discrepa rotundamente de la orden del Tribunal, pero acatará sus términos a la espera de una posible revisión judicial posterior”, aseguró el organismo migratorio en un comunicado.Las autoridades recomiendan a los solicitantes verificar periódicamente el estado de sus casos mediante las herramientas oficiales disponibles en línea y revisar las comunicaciones enviadas por correo.
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