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El Gobierno modificó el régimen de free shops para que se puedan instalar en fronteras terrestres
Se oficializó mediante el Decreto 438/2026, publicado este miércoles en el Boletín Oficial
El Gobierno reglamentó este miércoles la instalación de tiendas libres de impuestos -conocidas como “free shops”- en pasos fronterizos terrestres y creó el marco normativo para habilitarlas en los cruces internacionales. La medida fue oficializada mediante el Decreto 438/2026, que incorpora una norma adoptada por el Mercosur en 2018.El nuevo régimen dispone que estos locales podrán instalarse en áreas sometidas a control aduanero ubicadas en pasos fronterizos terrestres habilitados. Varios ejemplos son Puerto Iguazú, Paso de los Libres, Santo Tomé, Cristo Redentor o La Quiaca.Para operar, deberán contar con una doble autorización previa del Ministerio de Economía y con la correspondiente habilitación aduanera de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).Según el decreto, que contiene las firmas del ministro de Economía, Luis Caputo, y del jefe de Gabinete, Manuel Adorni, las ventas estarán destinadas exclusivamente a viajeros que crucen la frontera y quedarán alcanzadas por el régimen de equipaje vigente, por lo que las mercaderías adquiridas deberán respetar las franquicias, límites y controles establecidos por las reglas aduaneras vigentes.El texto, además, establece que las autorizaciones para explotar estos establecimientos serán otorgadas mediante procedimientos competitivos, mientras que ARCA tendrá a su cargo la fiscalización de las operaciones, el control de las mercaderías y la supervisión de los locales.En los fundamentos de la medida, el Gobierno sostuvo que el objetivo es “dotar de mayor competitividad a las zonas de frontera, promover la actividad turística, incentivar el comercio regional y contribuir al desarrollo económico local, en condiciones equivalentes a las existentes en otros Estados Partes del Mercosur (Brasil, Paraguay y Uruguay), que cuentan con regímenes similares”.Asimismo, el anexo precisa los productos que quedan excluidos del régimen: Medios de transporte, sus partes y repuestos; aceites y combustibles. Productos de la canasta básica de consumo de la población de frontera (incluidos, entre otros, los productos del reino animal, reino vegetal y de almacén). Animales y plantas. Armas y municiones. Productos del tabaco y cigarrillos. Maquinaria agrícola/agropecuaria, industrial, comercial y/o de servicios. Electrodomésticos de gran porte. Materiales de construcción civil, incluidos materiales eléctricos y sus partes, hidráulicos y sanitarios. Neumáticos. Tejidos e hilados y calzado, con excepción de zapatillas deportivas y ojotas/chancletas.El Gobierno está habilitado a limitar la cantidad de locales autorizados por razones técnicas y/o comerciales. Los free shops que operaban con el régimen anterior podrán continuar con su actividad bajo las mismas conficiones.A comienzos del año pasado, la administración de Javier Milei había avanzado con una serie de licitaciones y concesiones de los predios de servicios aledaños a los puntos de cruce de frontera. Los mismos pasarán a estar manejados por un privado, que tendrá que hacer la inversión para mejorar, conservar y explotar el área. En Paso de los Libres y en Santo Tomé (Corrientes), ya empezó la licitación para hacerse cargo del área de servicios. Allí, se podrán instalar locales de gastronomía, hotelería, casas de cambio, farmacias y free shops.